Publicado el 04 de julio de 2022

Prisión perpetua y cárcel común a cuatro ex militares como responsables de los “Vuelos de la muerte” de Campo de Mayo

Fueron condenados los ex integrantes de la plana mayor del Batallón de Aviación 601 Luis Del Valle Arce, Eduardo Lance y Ángel Delcis Malacalza y el excomandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros. Como medida de reparación, enviaron testimonios al Grupo Clarín para modificar una nota que mencionaba que los hijos de una de las víctimas habían sido abandonados.

El Tribunal Oral Federal 2 de San Martín condenó hoy a prisión perpetua a los ex militares Luis Del Valle Arce, Eduardo Lance, Ángel Delcis Malacalza y Santiago Omar Riveros como responsables por los “Vuelos de la muerte” de Campo de Mayo.

Fueron encontrados culpables de allanamiento ilegal y de la privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos y homicidio agravado de cuatro personas que estuvieron cautivas en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio denominado “El Campito” y cuyos cuerpos fueron encontrados en la costa atlántica entre 1976 y 1978: Adrián Enrique Accrescimbeni, Juan Carlos Rosace, Rosa Eugenia Novillo Corvalán y Roberto Ramón Arancibia.

Sobre el cumplimiento de la pena, los jueces Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini ordenaron que el Cuerpo Médico Forense analice el estado de salud de Del Valle Arce, Lance y Malacalza para conocer si están en condiciones de salud para quedar detenidos en un establecimiento penitenciario. Mientras tanto, les colocarán dispositivos electrónicos para controlar el cumplimiento de la prisión domiciliaria.

La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación fue querellante en el debate y el secretario Horacio Pietragalla Corti estuvo presente para acompañar a familiares de las víctimas durante la lectura del veredicto, que se realizó en una audiencia presencial, la primera en todo el debate.

Estuvieron en la sala los integrantes del TOF 2 de San Martín, junto a la fiscalía, querellas y algunas defensas. Mientras que los cuatros acusados siguieron lo que sucedía en la audiencia desde sus domicilios de manera remota. También se acercó una gran cantidad de público, entre quienes estuvieron familiares y organizaciones de derechos humanos.

Se trata del primer juicio oral que revisa los llamados “Vuelos de la muerte” del Ejército. Los condenados fueron mandos intermedios que integraron la plana mayor del Batallón 601 de Aviación del Ejército, algunos de ellos también pilotos.

Como parte de la reparación a las víctimas, el tribunal ordenó remitir testimonio de la sentencia al Grupo Clarín para que se adecúe una nota publicada el 24 de noviembre de 1977 titulada “Buscan a familiares de dos niños abandonados”, sobre los hijos de Roberto Arancibia, quien había sido secuestrado y desaparecido.

Del Valle Arce fue comandante del Batallón de Aviación, Malacalza fue segundo comandante y Lance fue oficial de Operaciones, por lo que integraba la plana mayor del Batallón. Riveros, por su parte, era jefe del Comando de Institutos Militares y máximo jefe de la Zona de Defensa IV. A ellos se sumó durante casi todo el debate Horacio Conditi, oficial de Personal y también miembro de la plana mayor, quien fue apartado por problemas de salud.

El tribunal acreditó que los condenados, organizaron y facilitaron los recursos para completar el plan criminal y eliminar a las personas que habían sido secuestradas, mantenidas en cautiverio y torturadas en Campo de Mayo.

Para eso contaron con el aeródromo militar, con aviones destinados especialmente, pilotos y toda una estructura para el funcionamiento clandestino de esta práctica planificada y sistemática que se utilizó para desaparecer y eliminar a miles de personas en esa guarnición militar.

Las pruebas documentales, entre ellas las aportadas por el ex Programa Verdad y Justicia de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, permitieron conocer que el Batallón de Aviación 601 contó con aviones Twin Otter y Fiat y helicópteros, todos aptos para realizar lanzamientos en vuelo.

Durante el juicio, declararon decenas de ex conscriptos que confirmaron la utilización de esos aviones en Campo de Mayo y que aportaron información para reconstruir esa maquinaria: la llegada de camiones con personas detenidas, cómo las guardias daban acceso a la pista, la salida de vuelos nocturnos, los restos de ampollas con una droga que utilizaban para adormecer a las personas detenidas y cómo tenían que limpiar los aviones que volvían con restos de sangre.

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/prision-perpetua-y-carcel-comun-cuatro-ex-militares-como-responsables-de-los-vuelos-de-la

Publicado el 01 de julio de 2022

La Secretaría de Derechos Humanos presentó la publicación “Responsabilidad empresarial en las violaciones de derechos humanos en Argentina”

El lanzamiento se realizó este jueves en el Archivo Nacional de la Memoria.

El panel de apertura contó con la participación del secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, acompañado por la coordinadora de la Unidad Especial de Investigación de Delitos de Lesa Humanidad Cometidos con Motivación Económica, Victoria Basualdo, y la directora nacional de Gestión de Fondos Documentales, Andrea Copani.

“Quiero destacar el compromiso de los trabajadores y trabajadoras de la Secretaría que trabajaron en este proyecto” señaló Pietragalla Corti durante el encuentro y agregó que “es fundamental para nosotros poder llegar a través de esta publicación a la mayor cantidad de trabajadores y trabajadoras, a los compañeros y compañeras de los barrios, para poder transmitir una mirada que permita comprender la vinculación entre el modelo económico que buscó instalar la dictadura y los proyectos neoliberales del presente”.

El Secretario, además, señaló que “el proyecto político que llegó de mano de los militares quería instalar un modelo económico, y claramente la persecución a las trabajadoras y trabajadores organizados era un punto focal porque era el lugar donde estaba la resistencia”. En este sentido resaltó que “profundizar la discusión sobre la responsabilidad empresarial y su complicidad con la dictadura nos permite traducir el pasado y abordar las problemáticas del presente para que no ser engañados nuevamente por proyectos políticos neoliberales que sólo traen dolor y tristeza a nuestro pueblo”.

Por su parte, Andrea Copani sostuvo que el texto se enmarca en una línea de trabajo definida por la Secretaría desde el inicio de la gestión “que prioriza este eje de trabajo de delitos económicos vinculados a crímenes de lesa humanidad, y fundamentalmente la línea de responsabilidad empresarial”, promoviendo el trabajo articulado con diferentes áreas y equipos.

En tanto que Victoria Basualdo resaltó la voluntad de visibilizar a través de la publicación “el papel de los trabajadores y trabajadoras como sujetos centrales de la historia, lo cual tiene estrecha relación con la modalidad elegida para la presentación de esta publicación, a partir de un encuentro con representantes de organizaciones sindicales, que tienen una larga trayectoria de acciones e iniciativas en este campo que resulta muy valioso reconocer y profundizar”.

En ese marco, se compartieron además las líneas de trabajo que se llevan adelante desde la Secretaría de Derechos Humanos sobre el eje temático de la responsabilidad empresarial y en particular la tarea que desarrolla la Unidad especial de investigación, quien produjo la publicación presentada.

Una vez finalizado el panel de bienvenida, se dio inicio a un espacio de trabajo y debate que contó con la presentación del diputado nacional Hugo Yasky, quien expresó su reconocimiento por “el trabajo que ha realizado la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a todo el equipo de trabajadores y trabajadoras que está haciendo una tarea que no tiene precedentes en ninguna parte del mundo”.

Durante su intervención, Yasky afirmó que “la clase trabajadora fue víctima desde primer momento de ese terrorismo, desde que se inventó la triste ´subversión fabril´, que apuntó a poner en la mira a los militantes sindicales y cuerpos de delegados. De hecho, la persecución se realizó antes de la instauración de la dictadura, con fuerzas paramilitares y financiadas por los grupos de empresarios”.

El diputado y referente de la CTA destacó además que “nuestros compañeros y compañeras van a poder y saber usar este trabajo, no para mirar al pasado sino para las disputas del presente, por eso les agradezco esta publicación”.

En esta instancia del encuentro, además, hubo dos rondas de exposiciones sobre los ejes temáticos sindicalismo y derechos humanos, responsabilidad empresarial y represión a trabajadores y trabajadoras y sindicalistas, con la participación de representantes de distintos organismos del estado, investigadores de la Secretaría y de distintos equipos académicos, integrantes de organismos de derechos humanos, periodistas y representantes sindicales, entre otros.

Expusieron sus experiencias trabajadores, trabajadoras y representantes de un amplio arco de organizaciones, incluyendo la Intersindical de Derechos Humanos, la Asociación Gremial de Trabajadores/as del Subterráneo y Premetro (AGTSyP), la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines, la Unión Obrera Metalúrgica, la Asociación del Personal Aeronáutico, la Federación Gráfica Bonaerense, La Bancaria, y el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA), contando además con la presencia de dirigentes de otras organizaciones, como la Organización Obrera Ceramista de la República Argentina (FOCRA), y con el análisis de experiencias llevadas adelante con otras organizaciones como la Federación Obrera Tucumana de la Industria del Azúcar (FOTIA).

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/la-secretaria-de-derechos-humanos-presento-la-publicacion-responsabilidad-empresarial-en

Principios de Yogyakarta

 

 

En el año 2006, en la ciudad de Yogyakarta, del país de Indonesia se reunieron 29 especialistas en Derechos Humanos, de 25 países distintos. De esta convención surgieron los principios de Yogyakarta que fueron adoptados por la ONU.

 

Estos PRINCIPIOS refieren específicamente a la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género

 

Se distingue claramente en sus fundamentos la diferenciación entre sexo, identidad de género y orientación sexual.

 

Sexo es el biológicamente asignado al nacer, identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo y otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales;   finalmente expresan que entienden por orientación sexual a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género, así como a la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas.

 

Diferenciar entre sexo, género y orientación sexual es fundamental para avanzar en la ampliación de los derechos de todes las personas. Muchos países han avanzado en legislaciones específicas, pero es cierto que las sociedades aún necesitan proseguir en este camino para que se superen las violencias que se generan

 

En el preámbulo de los Principios de Yogyakarta puede leerse  que:

 

- todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene derecho al disfrute de los derechos humanos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición;

 

-preocupados porque en todas las regiones del mundo las personas sufren violencia, hostigamiento, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicios debido a su orientación sexual o identidad de género; porque estas experiencias se ven agravadas por otras causales de discriminación, como raza, edad, religión, discapacidad, estado de salud y condición económica, y porque dicha violencia, hostigamiento, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicios menoscaban la integridad y dignidad de las personas que son objeto de estos abusos, podrían debilitar su sentido de estima personal y de pertenencia a su comunidad y conducen a muchas a ocultar o suprimir su identidad y a vivir en el temor y la invisibilidad;

 

 -conscientes de que históricamente las personas han sufrido estas violaciones a sus derechos humanos por ser lesbianas, homosexuales o bisexuales, debido a su conducta sexual de mutuo acuerdo con otras personas de su mismo sexo o por ser transexuales, transgénero o intersex

 

-observando que la legislación internacional de derechos humanos impone una absoluta prohibición de la discriminación en lo concerniente al pleno disfrute de todos los derechos humanos, civiles, culturales, económicos, políticos y sociales; que el respeto a los derechos sexuales, a la orientación sexual y a la identidad de género es esencial para la realización de la igualdad entre personas y que los Estados deben adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar los prejuicios y las prácticas que se basen en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en roles estereotipados para hombres y mujeres, y observando asimismo que la comunidad internacional ha reconocido el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente en asuntos relacionados con su sexualidad, incluyendo la salud sexual y reproductiva, sin sufrir coerción, discriminación, ni violencia.

 

Es en este marco que se escriben los 28  principios de Yogyakarta, como vehículo de intención y orientación desde Naciones Unidas, para la aplicación de políticas en derechos humanos en relación a la identidad de género y la orientación sexual.

 

Largo sería describir aquí cada uno de ellos, pero están disponibles en internet para quienes deseen profundizar sobre el tema.

Lic. Verónica López